Reglamento de la materia práctica profesional para Licenciaturas
Artículo 1. DEFINICIÓN. La materia Práctica Profesional, es una asignatura obligatoria para los programas de la Universidad del Istmo, contenida en los Diseños Curriculares desde el 2014, que implica una labor del estudiante dentro de una empresa (pública o privada), aprobada por la Coordinación de Pertinencia Académica y la Facultad correspondiente al estudiante, de manera supervisada y de acuerdo a los requisitos establecidos en este reglamento. En esta práctica, el estudiante deberá aplicar la metodología de diagnóstico empresarial, para lograr resolver una problemática real dentro de una empresa. Las actividades realizadas en el marco de esta materia y en especial la solución planteada, deberán relacionarse directamente con el área de estudio del estudiante. Artículo 2. DEL CENTRO DE TRAYECTORIA PROFESIONAL Y FACULTADES. La Materia Práctica Profesional será gestionada a nivel nacional por el Centro de Trayectoria Profesional, desde la Coordinación de Pertinencia Académica, la cual se encargará de apoyar y asesorar a los estudiantes activos de la Universidad del Istmo con respecto a la Materia Práctica Profesional. Las Facultades serán responsable por la toma de decisiones pertinentes en cuanto a las situaciones académicas relacionadas con la materia. Artículo 3. COORDINACIÓN DE PERTINENCIA ACADÉMICA. La Coordinación de Pertinencia Académica, pertenece al Centro de Trayectoria Profesional. Esta coordinación velará para que los estudiantes activos cumplan con sus módulos prácticos, gestionará su ubicación a una empresa y dará seguimiento al estudiante dentro de la misma hasta que culmine su periodo académico. • La Coordinación de Pertinencia Académica verificará/ validará que la empresa es apta para acoger al estudiante que desarrollará la actividad. • La Coordinación de Pertinencia Académica podrá solicitar cualquier otra información o documentación de la empresa que considere necesaria. En el caso en el cual el estudiante no cuente con una empresa donde realizar las actividades de los módulos prácticos, la coordinación de pertinencia académica ubicará a los estudiantes teniendo en cuenta su formación y la jornada seleccionada de práctica. Las empresas son las que deciden la aceptación o rechazo del practicante. En el caso que un estudiante sea rechazado por más de dos empresas, se investigará por parte del departamento de pertinencia académica los motivos y se dará un acompañamiento al estudiante para las siguientes entrevistas. Artículo 4. OBJETIVOS DE LA MATERIA PRACTICA PROFESIONAL. • Aplicar en una empresa el aprendizaje adquirido durante la etapa de formación teórica. • Adquirir formación profesional, metódica y completa en el oficio o actividad que se relacione con su disciplina. • Preparar a los estudiantes para abordar problemáticas reales y agregar valor a las empresas. Artículo 5. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA MATERIA PRÁCTICA PROFESIONAL. La materia Práctica Profesional tendrá una duración de cuatro (04) meses para estas opciones. Modalidades para las que aplica: • Licenciatura en modalidades virtuales. • Licenciatura en modalidades semi-presenciales. • Licenciatura en modalidades presencial. Carreras que aplica: La materia de práctica profesional aplica a todas las carreras cuyos planes de estudios incluyen está asignatura dentro de su diseño curricular. La materia Práctica Profesional se desarrollará en cuatro (4) módulos continuos, los cuales será distribuido de la siguiente manera: • Módulo Teórico (1 mes). • Módulo Teórico-Práctico (3 Meses). Artículo 6. JORNADA DE MÓDULOS PRÁCTICOS. La Coordinación de Pertinencia Académica, deberá validar la jornada seleccionada por el estudiante para los módulos teórico-prácticos, bajo los siguientes criterios. • Jornada Completa: Ocho (8) horas diarias, durante cinco (05) días a la semana. • Jornada Consultoría: Con visitas controladas por lo menos una (1) vez por semana bajo un calendario acordado previamente. • Jornada Internacionalización: El estudiante podrá realizar su práctica en una empresa, institución u organización en el exterior, alineado a su área de estudio, debe cumplir con el reglamento de la materia práctica profesional y deberá ser aprobado por la coordinación de pertinencia académica. El estudiante podrá realizar la materia práctica profesional en la empresa donde labore, siempre y cuando se realice en un área o departamento relacionado con sus programas académicos, la cual será verificada y aprobado por la coordinación de pertinencia académica. Esta relación debe ser verificada y aprobada por la coordinación de pertinencia académica. Artículo 7. AUSENCIAS Y REPOSICIONES. El estudiante deberá culminar la materia Práctica Profesional en el cuatrimestre en el cual haya matriculado. Cuando existan ausencias por enfermedad y contingencias personales, el estudiante deberá reponer los días ausentes, sin extenderse al siguiente cuatrimestre y teniendo en cuenta las políticas de la empresa donde se lleva a cabo la práctica. Artículo 8. EXTENSIÓN DEL TIEMPO DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL. En la materia Práctica Profesional, si el estudiante gestiona una práctica que se extienda del tiempo estipulado en el programa de la materia práctica profesional por la universidad (4 meses), el estudiante deberá completar las actividades e informes de la asignatura dentro del cuatrimestre. Posterior a los cuatro meses, si el estudiante decide aceptar una prórroga de la práctica ofrecida por la empresa, la misma no podrá ser mayor de dos meses y el estudiante deberá asumir las responsabilidades y gastos asociados. Artículo 9. TIEMPO DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL. La materia Práctica Profesional no podrá ser ejecutada en un tiempo menor al que se estipula en el presente reglamento (cuatro meses). En el caso en que el estudiante opte por realizar la práctica en alguna institución, empresa o programa de internacionalización menor del tiempo estipulado, el cual debe ser aprobada por su Facultad y la Coordinación de Pertinencia Académica, el estudiante tendrá la obligación de gestionar y garantizar la culminación del tiempo faltante, en otra institución o empresa. Artículo. 10. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES. El alumno que curse la materia Práctica Profesional tendrá las siguientes responsabilidades: • Asistir a las ferias de empleo realizadas en la universidad desde un cuatrimestre previo al cursado de su materia. • Asistir y participar a las fechas de convocatorias realizadas por las empresas así como charlas, capacitaciones o cualquier tipo de actividad sugerida por la empresa o centro de trayectoria profesional- CTP de la Universidad. • Estar debidamente matriculado en la materia práctica profesional contestar la encuesta solicitada por la universidad a través del correo ctp@udelistmo.edu. • Cumplir con lo estipulado en el reglamento estudiantil y las normas de buenas costumbres. Cumplir con las normas o políticas de la organización donde realiza las prácticas. • Mantener una conducta ética y moral. • Cuidar los bienes proporcionados por la empresa para realizar su práctica profesional, así como no divulgar información que la misma considere confidencial. CAPÍTULO II REQUISITOS PARA CURSAR LA MATERIA PRÁCTICA PROFESIONAL Artículo 11. REQUISITOS DE LOS ESTUDIANTES. El alumno que curse la materia Práctica Profesional deberá cumplir con los siguientes requisitos: • Matricular la materia práctica profesional en las fechas establecidas en el calendario académico proporcionado por el departamento de registro y control. • El cursado de la materia de Práctica Profesional de Licenciatura, será a partir del noveno cuatrimestre, siempre que no exista impedimento para tal efecto. • Proporcionar la información que se requiera por parte de la coordinación de pertinencia académica. En caso de contar con una empresa para realizar su práctica profesional, debe proporcionar: • Nombre de la empresa y área en la cual se realizará la práctica. • Persona de contacto (cargo, departamento, correo y teléfono). Artículo 12. MATERIAS ADICIONALES A CURSAR. La materia Practica Profesional podrá cursarse con otras materias adicionales siempre y cuando cumpla con los prerrequisitos del plan de estudio. Artículo 13. TUTOR EMPRESARIAL. La empresa o entidad designará un profesional idóneo o colaborador adscrito a ella para supervisar y brindar la información que el estudiante requiera para el desarrollo de su actividad. Esta persona será denominada “Tutor Empresarial”. y será el encargado de realizar la evaluación del trabajo del estudiante tomando en consideración los aspectos presentados por la universidad en el formato de evaluación tutor empresarial para la materia práctica profesional. Artículo 14. CALIFICACION FINAL. Para la calificación final de la materia, se tendrá en cuenta la evaluación entregada por la empresa (tutor empresarial) y la evaluación del profesor sobre las asignaciones académicas. Promedio de Evaluaciones: Calificación de Módulos Teóricos 30% Calificación de la empresa 15% Reporte Escrito de Práctica 30% Evaluación y sustentación del diagnóstico 25% Se tomará en cuenta el siguiente rango de calificaciones: El rango de calificaciones a utilizar será el establecido en el artículo 27 del reglamento estudiantil. Artículo 15. DEL ESTUDIANTE REPROBADO. Los estudiantes que no aprueben el módulo teórico correspondiente al primer mes de la materia, no tendrán derecho a continuar con la práctica empresarial, por lo tanto, deberán aplicar en cuatrimestre posteriores y cancelar los costos por cursar nuevamente la materia. Artículo 16. DE LA REVALIDA. La materia práctica profesional no tendrá bajo ninguna situación derecho a reválida para aquellos estudiantes que hayan reprobado la asignatura. CAPÍTULO III DE LAS MEDIDAS DICIPLINARIAS. Artículo 15. MEDIDAS DISCIPLINARIAS. La Práctica Profesional podrá ser suspendida por la Universidad del Istmo y incurra en las siguientes situaciones: • Inasistencia injustificada y reiterada a la empresa. • Abandono de la materia práctica profesional. • Comunicación formal de la empresa sobre el incumplimiento de las normas internas de la empresa. • Cuando, en el ejercicio de su práctica profesional incumpla con algún artículo del reglamento estudiantil considerado grave. Aprobado mediante Resolución No.2-CA-05-2018 de Consejo Académico del 07 de diciembre de 2018